ePrivacy and GPDR Cookie Consent management by TermsFeed Privacy Generator Código de conducta - Autovía del Camino - Autovía A12

Desde la fundación de la Compañía, la integridad, la honestidad, el trato justo y el pleno cumplimiento de todas las leyes aplicables han guiado las prácticas comerciales de Autovía del Camino

Desde entonces, los empleados de Autovía del Camino, S.A.U. han sostenido y cumplido con este compromiso en sus responsabilidades diarias, a la vez que la reputación de la empresa continúa siendo actualmente uno de los activos más importantes de la Compañía.

Los Principios Corporativos Empresariales de Autovía del Camino, S.A.U. estipulan ciertos valores y principios que la empresa asumió cumplir. El Código de Conducta Empresarial especifica los Principios Corporativos Empresariales y contribuye a implementarlos en forma continua a través del establecimiento de ciertas normas mínimas de comportamiento no negociables aplicables a áreas claves.

La naturaleza de dicho Código no pretende abarcar todas las posibles situaciones que puedan tener lugar. El objeto del mismo es brindar un marco de referencia respecto del cual medir cualquier actividad. Los empleados deben pedir asesoramiento en caso de tener alguna duda acerca del plan de acción en una situación determinada, ya que la responsabilidad absoluta de cada empleado es «hacer lo correcto», responsabilidad que no puede delegarse. El Canal de denuncias (Canal Ético) en la empresa supone crear medidas y controles para la prevención de delitos.

Los empleados siempre deben guiarse por los siguientes principios básicos:

  • Evitar cualquier conducta que pueda dañar o poner en peligro a Autovía del Camino, S.A.U. o a su reputación;
  • Actuar legal y honestamente
  • Priorizar los intereses de la Compañía sobre los intereses personales o de otra índole.

El Código establece los criterios de actuación que deben ser observados por Autovía del Camino, S.A.U. en el desempeño de sus responsabilidades profesionales.

El objetivo del Código es procurar un comportamiento profesional, ético y responsable de Autovía del Camino, S.A.U. y de todos sus empleados, en el desarrollo de sus actividades, como elemento básico de su cultura empresarial en la que se asienta la formación y el desarrollo personal y profesional de sus empleados. A tal efecto, se definen los principios y valores que deben regir las relaciones de Autovía del Camino, S.A.U. con sus grupos de interés (empleados, clientes, accionistas, socios de negocio, proveedores, etc.).

Para ello, el Código:

01.Facilita el conocimiento

Facilita el conocimiento y la aplicación de la cultura empresarial de Autovía del Camino, firmemente asentada en el cumplimiento de los derechos humanos y sociales y en la efectiva integración en la compañía de todo el colectivo de empleados, con respeto de su diversidad.

02.Debida diligencia

Establece el principio de debida diligencia para la prevención, detección y erradicación de conductas irregulares, cualquiera que sea su naturaleza, comprendiendo, entre otros, el análisis de los riesgos, la definición de responsabilidades, la formación de los empleados y, en su caso, de terceros relacionados directamente con la compañía, y la formalización de procedimientos, en especial, para la notificación e inmediata eliminación de conductas irregulares.

03.Principio de responsabilidad

Tiene en cuenta el principio de responsabilidad penal de las personas jurídicas, recogido en el ordenamiento jurídico y previene y proscribe la existencia de comportamientos que puedan determinar la responsabilidad de la compañía entre sus representantes legales, administradores, empleados o por cualquier otra persona que esté sometida a la autoridad del personal de la compañía.

El Código vincula a todo su personal, independientemente de la posición y función que se desempeñe.

La aplicación del Código, total o parcial podrá hacerse extensiva a cualquier persona física y/o jurídica relacionada con Autovía del Camino, S.A.U., cuando así convenga para el cumplimiento de su finalidad y sea posible por la naturaleza de la relación.